INFOCOP 97 / Abril - Junio 2022
INFO COP 33 Marina Gisbert Grifo, médico forense, profesora titular de Medicina Legal de la Universidad de Valencia y presidenta del Comité de Bioética de la Comunidad Valenciana Marina Gisbert señaló la pertinencia y acierto en la creación de esta Ley, si bien “ha dejado muy poco clara la po- sibilidad de participación del psicólogo en el proceso de ayuda a morir”. Para Marina Gisbert el papel del psicólogo es doblemente valioso y esencial. Por un lado, su aportación es fundamental para la evaluación de los solicitantes de eutanasia con problemas de salud men- tal, o para los casos clínicamente más difíciles de evaluar o con deterioro cog- nitivo, que requieren una evaluación re- alizada por personal “ debidamente cualificado y con buenos estándares científicos y técnicos”, como la que proporcionan los profesionales de la Psicología. Por otro lado, la participa- ción de los profesionales de la Psicolo- gía resulta esencial para atender las necesidades psicológicas que se plante- an para cualquier solicitante de eutana- sia, en un momento tan delicado como constituye la petición de ayuda para morir. “Tomar esta decisión implica es- tar en una situación emocional difícil que requiere de un tipo de apoyo que sólo puede prestar un psicólogo”, su- brayó la invitada. Marina Gisbert tam- bién mencionó con preocupación la omisión del personal de enfermería en la LORE, a pesar de que son los profe- sionales encargados de ejecutar la de- cisión médica, así como otras cuestio- nes asociadas al quehacer de los equipos, recordando que el Manual de buenas prácticas en eutanasia reciente- mente publicado no es una norma de obligado cumplimiento, sino tan sólo una propuesta o recomendación de ac- tuación. Javier Barbero Gutiérrez, doctor en Psicología, psicólogo clínico, máster en Bioética, concejal del Ayuntamiento de Madrid por Más Madrid, miembro del Comité de Ética Asistencial del Hospital La Paz y experto en cuidados paliativos y duelo Javier Barbero Gutiérrez manifestó su asombro cuando, en el momento de elaboración de la ley, el Gobierno re- chazó la enmienda propuesta por Más País, en la que se solicitaba incluir en el artículo 5 explícitamente la garantía del “acceso a la intervención psicote- rapéutica” y no solo a los Cuidados Paliativos, precisamente por la “inten- sa experiencia de sufrimiento” que la misma ley recoge como condición pa- ra poder ejercer ese derecho. Y ese proceso, si la persona lo desea, ha de poder ser acompañado. De hecho, la normativa llega a hablar hasta de “su- frimiento psíquico” del paciente. Sin duda alguna “si el ejercicio de la eu- tanasia es un derecho, también lo es la oferta de intervención psicotera- péutica preventiva que le debería po- der acompañar”. Javier Barbero insistió en que el proceso para solici- tar la eutanasia es una situación emo- cionalmente difícil, compleja, que requiere apoyos para ayudar al pacien- te a despedirse de su entorno o a co- municar su decisión, pero también a los familiares para prevenir el posible duelo complicado derivado de la cre- encia errónea de culpa por no haber hecho lo suficiente, o a los profesiona- les sanitarios para hacer la despedida del paciente o específicamente al per- sonal de enfermería encargado de ad- ministrar la medicación final debido a la función desempeñada. Se trata de una oferta preventiva que puede bene- ficiar a cualquier solicitante de eutana- sia y a su entorno, y se trata de un derecho, independientemente de la
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