Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos

ISSN 211-7851

Enero , numero 22 , 2005

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LA CONFERENCIA DE DECANOS DE PSICOLOGÍA A FAVOR DE LA PSICOLOGÍA COMO PROFESIÓN SANITARIA


INFOCOP


Ángela Conchillo. Presidenta de la Conferencia de Decanos

La Conferencia de Decanos de Psicología en su reunión de 26 de noviembre de 2004 ante la situación que atraviesa la profesión y tras varios meses de estudiar el problema, se ha pronunciado en relación a tres aspectos relevantes y que va en la misma línea que la Declaración conjunta de todos los Colegios Oficiales de Psicólogos de España. En primer lugar, solicita la paralización y modificación del Real Decreto 1277/2003, por el que se establecen las bases para la autorización y el reconocimiento de centros sanitarios. Asimismo, solicita la modificación de la Ley 44/2003 (LOPS) de Ordenación de las Profesiones Sanitarias para reconocer el ejercicio profesional de los psicólogos en el campo de la salud. Del mismo modo que ya solicitó anteriormente, ratifica la adscripción del título de Licenciado en Psicología al área de Ciencias de la Salud.

Declaración de la Conferencia de Decanos de Psicología ante los problemas planteados por la ley 44/2003, de ordenación de profesiones sanitarias y el real decreto 1277/2003, de autorización de centros sanitarios

1. La Psicología, desde su implantación en España como licenciatura universitaria, ha demostrando una capacidad de penetración y servicio en múltiples áreas de la sociedad, con un predominio de la actividad profesional en el área de la salud, ya sea en instituciones públicas o privadas. La creación (Real Decreto 2490/1998) de la especialidad sanitaria de la Psicología Clínica fue una conquista, respondiendo a una demanda, tanto en el ámbito profesional como en el universitario, del reconocimiento de la actividad que los psicólogos desarrollan en la sociedad. No obstante, es necesario reconocer que el ejercicio profesional de los psicólogos en el ámbito sanitario no puede circunscribirse exclusivamente al desarrollado por estos especialistas. Baste señalar que el acceso a la especialidad a través del sistema de Psicólogo Interno Residente (PIR) alcanza a no más de 80 plazas al año, que no cubren remotamente ni la demanda existente ni las necesidades de la sociedad.

2. La formación académica de los licenciados en Psicología incluye en sus planes de estudio materias troncales, tales como: el conocimiento de los procesos psicológicos básicos (memoria, lenguaje, percepción, emoción,...) y de la personalidad humana, los fundamentos biológicos de estos procesos, la psicopatología, la evaluación, el diagnóstico y las técnicas de intervención en los trastornos del comportamiento. Los alumnos tienen, además, un período de prácticas que se desarrolla en hospitales, en centros de salud mental y en centros asistenciales de diverso carácter (drogodependencias, Alzheimer, maltrato, etc.) dependientes de instituciones públicas o privadas. Junto a esta formación obligatoria, los planes de estudio de la Licenciatura en Psicología contienen una amplia oferta de asignaturas optativas por la que los alumnos profundizan en estos conocimientos: neuropsicología, psicofarmacología, técnicas psicoterapeúticas, tratamiento de las disfunciones sexuales, intervención en problemas de familia, trastornos del desarrollo, problemas de la vejez, informes periciales, y un largo etcétera.

3. La Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) ignora por completo esta formación y, sobre todo, la realidad de la actividad profesional actual de los licenciados en Psicología al no contemplar en su articulado la posibilidad del ejercicio sanitario de dichos licenciados. Ello nos plantea muy serias dudas respecto al reconocimiento y espacio profesional que espera a los actuales y futuros licenciados y genera a una gran inquietud sobre el papel formativo de las Facultades de Psicología.

4. El proceso de convergencia hacia un espacio europeo común de enseñanza superior conllevará una reestructuración de la oferta formativa de las Facultades de Psicología, en la que el título de grado tendrá, con probabilidad, un carácter generalista que podrá ser complementado con una oferta de postgrado específica en el ámbito de la Psicología Clínica y de la Salud, entre otras. En este contexto, la LOPS resulta, no sólo desajustada a la realidad de la actual Licenciatura, sino totalmente inadecuada al próximo desarrollo de la enseñanza superior en Europa. Relegar la posibilidad de acceso al ámbito sanitario a las escasísimas plazas que se convocan a través del sistema PIR, tal y como establece la LOPS, cierra la puerta del ejercicio profesional a miles de actuales y futuros licenciados y de postgrados en Psicología de la Salud, impidiendo responder a la demanda social real de atención psicológica.

5. De forma complementaría a la LOPS, el actual ejercicio profesional de la Psicología se ve, además, dificultado por la paralela aplicación del Real Decreto 1277/2003, por el que se establecen las bases para la autorización de centros sanitarios, que ignora la función del psicólogo. Se tiene constancia de la alarma social que entre los profesionales de la Psicología está generando la aplicación de dicho R.D. en varias comunidades autónomas, al no reconocerse el carácter sanitario de los centros en los que desarrollan su actividad los psicólogos. La aplicación de dicho R.D. es todavía más incomprensible cuando, según la información disponible, todavía hay varios miles de solicitudes de homologación del título de especialista en Psicología Clínica pendientes de ser evaluadas. Un mínimo sentido de la prudencia aconsejaría la suspensión de la aplicación de este decreto, al menos, hasta que esté finalizado este proceso de evaluación.

Sobre la base de lo expuesto apoyamos que, tanto la actividad sanitaria de los psicólogos, como la de los especialistas en Psicología Clínica, sea reconocida en toda su dimensión en las disposiciones legales que regulan las profesiones, la actividad sanitaria y la autorización de centros sanitarios. Solicitamos a los responsables de los Ministerios de Sanidad y de Educación que coordinen sus actuaciones y arbitren las disposiciones legales que permitan la solución del conflicto generado, habida cuenta que la licenciatura no puede ser desposeída de las competencias a las que el título faculta y que el ejercicio profesional de la Psicología y el de la Psicología Clínica ha coexistido hasta ahora en colaboración y apoyo mutuo, que, a fin de cuentas, debe ser el objetivo de toda regulación profesional.

Así pues, pedimos a las autoridades competentes:

1. La paralización del Real Decreto 1277/2003, por el que se establecen las bases para la autorización y el reconocimiento de centros sanitarios y su modificación en el título y en el contenido, con el fin de que en el mismo se establezcan las bases reguladoras de la actividad sanitaria, contemplando la actividad que desempeñan o pudieran desempeñar tanto los psicólogos como los especialistas en Psicología Clínica.

2. La modificación de la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias para reconocer el ejercicio profesional de los psicólogos en el campo de la salud.

3. La adscripción del título de Licenciado en Psicología al área de Ciencias de la Salud, tal como fue solicitado en su momento al Consejo de Coordinación Universitaria, y en lo que la Conferencia se ratifica.

La Conferencia de Decanos de Psicología expresa, por último, su disponibilidad para exponer de forma más pormenorizada los problemas arriba indicados y para colaborar, si así se estima oportuno, en la elaboración de las modificaciones adecuadas con el fin de evitar los previsibles perjuicios que la normativa citada pueda conllevar para la Psicología y la sociedad en su conjunto.

Madrid, 26 de noviembre de 2004
Ángela Conchillo
Presidenta de la Conferencia de Decanos


 

 
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