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Cumplidos todos los requisitos que establece el Artículo
1 del Reglamento, el reconocimiento definitivo de la condición del Miembro
Asociado Internacional será comunicado conforme al Artículo 2 del
mencionado Reglamento, una vez recibido el pago de la cuota fijada. Para ampliar información sobre la figura de Miembro
Asociado Internacional, puede ponerse en contacto con el Consejo General de la Psicología de España.
Dirección:
Conde de Peñalver, 45 Planta 5
28006 Madrid (España)
Telef.: +34 +91 444 90 20
Fax:+34 +91 309 56 15
E-mail: secop@cop.es
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